TRATAMIENTO
CONTABLE Y TRIBUTARIO DE LAS PROVISIONES OMITIDAS EN EJERCICIOS ANTERIORES
BASE LEGAL
- D. Leg. Nº 774, modificado
por la Ley Nº 26415, D. Leg. Nº 799 y el D.Leg Nº 810
- Reglamento de la Ley del
Impuesto a la Renta, D. S. Nº 122-94-EF
- Norma Internacional de
Contabilidad NIC Nº 8
- Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados.
CASO PRACTICO
La Empresa el Cóndor SA.
Luego de presentar sus Estados Financieros correspondiente al Ejercicios de
2006 mediante la Declaración - Pago Anual Impuesto a la Renta Tercera Categoría
Formulario Nº 658 presentado a la SUNAT. Detectó que se había omitido por dicho
Ejercicio las Provisiones de:
1.- Una parte de la
Depreciación de sus Activos Fijos por el importe de s/ 5,200.00
2.- Error en el cálculo de la
Compensación por Tiempo de Servicios que asciende a S/ 4,850.00
3.- Diferencia de menos en la
Provisión de una parte de las Vacaciones por Pagar al 30 de diciembre de 2006
por un monto de S/ 7,635.00
SOLUCION
En el presente informe de una
parte de las Provisiones no efectuadas en Ejercicios Anteriores se deberá tener
presente la base legal indicada anteriormente con la finalidad de efectuar el
debido tratamiento Contable- Tributario.
1.- DEPRESACION DE ACTIVOS
FIJOS
TRATAMIENTO CONTABLE
Para efectos contable debemos
remitirnos al NIC Nº 8 (Partidas No Usuales y de Periodo Anteriores y Cambios
en Política de Contabilidad), señala que le periodo en curso pueden
descubrirse, hechos que muestren que los Estados Financieros de uno o mas
periodos anteriores fueron preparados y presentados sobre una base errónea o
inexacta como resultado de una omisión o equivocación.
Estos pueden ser
significativos o no, si es significativo pueden utilizar los siguientes métodos
para corregir dicha omisiones:
1.1 Método del Ajuste a las
Utilidades Acumuladas
Este método permite corregir
un error significativo ajustando las Utilidades Acumuladas al principio del
ejercicio con otras palabras contra el saldo inicial de la cuenta Utilidades No
Distribuidas de acuerdo al Plan Contable General Revisado, revelándolo
posteriormente en una nota a los estados financieros.
1.1.1 Asientos Contables
59 RESULTADOS ACUMULADOS
5,200.00
591 utilidades no
distribuidas
39 DEPREC. Y AMORT. ACUM
5,200.00
393 deprec. De inm, Máq. Y eq
Por el ajuste de la omisión
correspondiente a la Depreciación de Activos Fijos ejercicio de 2006.
1.2 Método del Ajuste en las
Ganancias y Perdidas del Periodo en Curso
En este método se incluye el
importe de los Ajustes por los errores y/o omisiones de Ejercicios Anteriores
en la Determinación de las Ganancias y Perdidas del Ejercicio en Curso.
De acuerdo al Plan Contable
General Revisado la cuenta que se utiliza para este método seria las 665 Cargas
Diversas de Ejercicios Anteriores.
1.2.1 asiento contable
66 CARGAS EXCEPCIONALES
5,200.00
665 carg. Diver. De ejec.
Anteriores
39 DEPREC. Y AMORT. ACUMULADA
5,200.00
393 deprec. De inm. Máq. Y
equipos +
Por el Ajuste de la
Depreciación de Activos Fijos omitida en el ejercicio de 2006
TRATAMIENTO TRIBUTARIO
Con respecto al Impuesto a la
Renta debemos tener presente que si queremos corregir la omisión cometida en el
Ejercicio de 2006 se deberá proceder a rectificar la declaración jurada de
dicho ejercicio (Declaración Pago Anual Impuesto a la Renta Tercera Categoría).
Si optamos por el tratamiento
del método al Ajuste en las Ganancias y Perdidas en el Ejercicios en curso
tendremos que agregar dicho monto a la Utilidades del Ejercicio de 2007 para la
determinación del Impuesto a la Renta, ya que de acuerdo al art. 38º del D.Leg.
Nº 774 las Depreciaciones deben computarse anualmente y en ningún caso puedan
hacerse incidir en un ejercicio gravable depresaciaciones correspondientes a
ejercicios anteriores.
2.-COMPENSACION POR TIEMPO DE
SERVICIOS
TRATAMIENTO CONTABLE
A continuación
desarrollaremos de acuerdo a lo manifestado anteriormente por concepto de
errores y/o omisiones de cálculo de las Provisiones de Ejercicios Anteriores el
mismo criterio y tratamiento de la Provisión de la Depreciación de Activos
Fijos
2.1 Método del Ajuste a las
Utilidades Acumuladas
2.1.1. ASIENTO CONTABLE
59 RESULTADOS ACUMULADOS
4,850.00
591 utilidades no
distribuidas
47 BENEF. SOC. DE LOS TRABA.
4,850.00
471 compens. Por tiempo de
serv.
Por el Ajuste de la Provisión
de la Compensación por Tiempo de Servicios omitida en el Ejercicio de 2006.
2.2metodo del ajuste en las
ganancias y pérdidas del periodo en curso
2.2.1 ASIENTO CONTABLE
66 CARGAS EXCEPCIONALES
4,850.00
665 carg. div. ejer.
anteriores
47 BENEF. SOC. DE LOS TRABAS
4,850.00
471 compensaciones por tiempo
de servicio
Por el ajuste de la provisión
de la compensación por tiempo de servicios omitida en el ejerccios de 2006
TRATAMIENTO TRIBUTARIO
Si aplicáramos el Tratamiento
del Ajuste a las Utilidades Acumuladas, conllevaría a una corrección del
Resultado del Ejercicio de 2006, como consecuencia de mostrarnos la corrección
a la omisión cometida en dicho Ejercicio, rectificando la D. J. pago anual del
Impto. Ala Renta 3era Cat.
Con el Segundo Método del
Ajuste a las Ganancias y Perdidas del Periodo en curso podremos considerar el
Gasto de la CTS como deducción de la Renta Neta del Ejerció de 2007 en
aplicación del art. 57º del D. leg. Nº 774 que nos indican que los gasto
correspondientes de ejercicios anteriores son aceptados en la medida que sean
Provisionados Contablemente antes de su pago, tal como la precisa el art. 31
del Reglamento Nº 122-94-EF.
3 PROVISION DE VACACIONES POR
PAGAR
TRATAMIENTO CONTABLE
Teniendo en consideración el
Principio de lo Devengado la Provisión por vacaciones de los trabajadores debió
haberse la provisión mensual en el periodo Contable del Ejercicio de 2006 ya
que se trata de un beneficio que se genera del Vinculo Laboral con la Empresa
ya que de producirse la terminación de los Contratos de Trabajo existiría la
obligación de pagar a los trabajadores las Remuneraciones por Vacaciones
Truncas.
De acuerdo al Principio de lo
Devengado, el Art. 57 Inc. a) del D. Leg. Nº 774 nos indica que los gastos se
considerarán producidos en el Ejercicio Comercial en que se devenguen.
El Principio de Prudencia nos
indica que los Gastos deben reconocerse tan pronto como se realicen.
Principio de correspondencia
establece que los Gastos deben reconocerse tan pronto como se generen para
poder compararse con los Ingresos obtenidos a través de estos.
Si el Ajuste efectuado a la
Provisión de Vacaciones por pagar se efectúa en el Ejercicio de 2007 según la
NIC nº 8 errores y/o omisiones se puede optar por los siguientes métodos:
3.1 Ajuste al Saldo Inicial
de Utilidades Retenidas
3.1.1 ASIENTO CONTABLE
59 RESULTADOS ACUMULADOS
7,635.00
59.1 utilidades no
distribuidas
41 REMUN. Y PARTIC POR PAGAR
7,635.00
412 vacaciones por pagar
Por el Ajuste de la Provisión
de las vacaciones omitidas en el ejerccios de 2006
3.2 Ajuste en la
Determinación de las Ganancias y Pérdidas del período en curso.
3.2.1 ASIENTO CONTABLE.
66 CARGAS EXCEPCIONALES
7,635.00
665 Carg. Div. De Ejerc.
Anteriores
41 REMUN. Y PARTIC. POR PAGAR
7,635.00
412 Vacaciones por pagar
Por el Ajuste de la Provisión
de las vacaciones omitidas en el ejercicio de 2006
TRATAMIENTO TRIBUTARIO
En la aplicación del primer
método del Ajuste al Saldo Inicial de Utilidades Retenidas, para el caso del
Impuesto a la Renta de 2006, la empresa deberá rectificar la Declaración Jurada
Pago Anual del Impuesto a la Renta 3era Categoría.
En aplicación del segundo
método al Ajuste en la Determinación de las Ganancias y Pérdidas del Periodo en
curso, serán admitidas como gasto para efectos del Impuesto a la Renta de 3era
Categoría de 2007 los gastos de ejercicios anteriores en la medida que dichos
gasto sean Provisionados Contablemente antes de su pago, en aplicación del Art.
57º del D. Leg. Nº 774 y del Art. 31 del Reglamento del Impuesto a la Renta
D.S. Nº 122-94-EF..
LOS ERRORES Y FRAUDES EN EL TRABAJO
CONTABLE
( SEGUNDA PARTE )
CONCEPTO DE FRAUDE
El termino fraude se refiere al falseamiento internacional de la formación
financiera por parte de uno o mas individuos de entre la gerencia, empleados o
terceros.
Consideran fundamentalmente los siguientes fraudes más comunes:
1. Maniobras dolosas, falsificación o alteración de registros o documentos que
puedan efectuar los empresarios, socios o accionistas o las que realicen con
conocimiento de los mismos
2. La indebida asignación de activos
3. La supresión u omisión de los defectos de las operaciones en los registros o
documentos.
4. Los registros de operaciones inexistente o sin sustento
5. Errada aplicación intencional de políticas contables.
FRAUDES MÁS COMUNES
CAJA Y BANCOS
Ingresos de fondos
-Ingresos que corresponden a una fecha determinada y son registrados en fecha
anterior, para regularizar los saldos acreedores de caja.
-Ingresos que corresponden a cuenta de clientes o cuentas por cobrar no
contabilizando el pago, retirándolo ilegalmente luego y saldando al tiempo como
incobrables, aumento las pérdidas.
-Ingresos por prestamos ficticios, los cuales se realizan para cubrir
inversiones no justificados o gastos extraordinarios, gastos reales obtenidos
con venta omitidas.
-Cheques recibidos en pago y rechazados por los bancos, lo que al no registrar
su anulación originan disponibilidad ficticia.
-Préstamos que se hacen al Final del Ejercicios y se cancelan al inicio del
Ejercicio siguiente o se remuevan permanentemente (Préstamos de Socios o
Accionistas, Préstamos del Exterior, etc.)
-Ventas al contado no contabilizadas especialmente en Empresas con gran
cantidad de artículos o imts, y que no llevan tarjetas o mayores auxiliares por
sus Existencias.
-Emisión de Recibos Falsos, fraudulentos, adulterados, como el falseamiento de
los duplicados, figurando descuentos inexistentes acumulados peligrosamente las
Pérdidas
-Disponibilidad inexistentes al comienzo del Ejercicio o inicio de la actividad
para posteriormente disminuir los activos fraudulentamente con las cuentas
Mercaderías o Cuentas por Cobrar.
EGRESOS DE FONDOS
-Pagos indebidos a Proveedores no contabilizando las notas de crédito o abono,
haciendo pago por montos mayores.
-Pagos duplicados que se contabilizan dos veces
-Pagos realizados en una fecha y registrados en fecha posterior.
-Pagos por Compras o Gastos Ficticios destinados a distraer fondos o disminuir
Beneficios
-Gastos de Explotación retirados por ese concepto por los socios o accionistas para
gastos personales no deducible tributariamente.
-Reembolso de Prestamos simulados.
Cuentas por cobrar
-Saldo Menor Real.- Esta alteración en los registros sucede especialmente en
aquellas contabilidades que se llevan con atrazo de varios meses, al encontrar
que los saldos que arroja la cuenta Clientes son menores que los reales, en
virtud que conociendo el Resultado del Ejercicio extracontablemente no se
registraron las cuentas de Resultados Positivos( Ventas) .
-Saldos Mayores a los Reales.- Esta maniobra permite retirar o distribuir
fondos recibidos en pago, demorando su contabilización efectiva o se destinen a
compras de mercaderías, inversiones, prestamos, no contabilizados.
-Clientes no contabilizados como consecuencia de no registrar las operaciones
de ventas, no apareciendo en la contabilidad.
-Contabilización después del Cierre del Ejercicio para diferir resultados por
ventas no contabilizadas reduciendo la base imponible con incidencia
tributaria.
-Notas de Crédito Falsos emitidos para disminuir la base imponible incidencia
tributaria. Además permite el retiro de fondos por los socios y accionistas a
efectuar compras o realizar inversiones no contabilizados.
- Rebajas dolosas acordadas con clientes para reducir la base imponible
tributaria y/o para distribuir fondos, ya que se hacen excediendo los limites
establecidos por la Gerencia.
Activo fijo
-Bienes a nombres de Terceros, es frecuente que la empresa utilice bienes que
se encuentran a nombre de los dueños, socios o accionistas.
-Venta de Bienes, los bienes en desuso o dados de baja, son vendidos pero el
producto de la venta no ingresa como Ganancias.
-Contabilización de mejoras, estos por su naturaleza, aumentan apreciablemente
la vida útil de los bienes y no son deducidos como gastos sino que se suman
valor residual de los bienes y se deprecian durante el numero de años aun
pendientes.
-Deprecación Excesiva, las tasas altas de deprecación aceleran al deducción del
costo total del bien y por consiguiente su reducción en el pago del Impuesto a
la Renta.
-Contabilización de bienes adquiridos al contado, para justificar la situación
Patrimonial de las Empresas y el bajo nivel de utilidades declarados, ya que no
es frecuente que dicho bienes se compran: al contado, contabilizándose como
compras al créditos.
Cargas diferidas
Los Fraudes mas frecuentes que se presentan en este componente son los que se
abonan por Gastos Pagados por Adelantado, dicho gastos por lo general se
imputan en el Ejercicio que se paga, no efectuando la activación de los gastos
que corresponde a ejercicios posteriores disminuyendo las utilidades y como
consecuencias pagando un menor Impuesto a la Renta, como ejemplo de este fraude
tenemos a los Seguros Pagados por Adelantado, etc.
Utilidades diferidas
Usualmente se debe efectuar la correcta aplicación de la apropiación de los
resultados, el no efectuarlo significa ir en contra de principios básicos como
son el de anualidad, compensación y progresidad del Impuesto a la Renta, pues
en caso de diferir sin causa alguna aumentara las pérdidas o disminuirá la
utilidad del periodo.
Provisiones del ejercicio
Como consecuencias de una errada aplicación intencional de creación de
provisiones del ejercicio inexistente con el objetivo de rebasar su base
imponible para pagar una menor carga imposible
Conclusiones finales
La responsabilidad por la prevención y detección de Fraudes y Errores recae en
la Gerencia, que es responsable de la puesta en práctica y permanente
funcionamiento de un sistema adecuado de Control Interno.
Dicho sistema reduce, pero no elimina las posibilidades de Fraude o Error .
LOS ERRORES Y
FRAUDES EN EL TRABAJO CONTABLE
BASE LEGAL
- Código de comercio leyes:
6565, 6847, 10666.
- Norma internacional de
contabilidad Nº 8
- Norma internacional de contabilidad
Nº 11
- D. legal. Nº 774 impuesto a
la renta modificado por la ley Nº 26415
- Decretos legislativos Nº s.
799, 810, 869, 881 y las leyes Nº s. 26731 y 26732
- Resolución Nº 018-97 SUNAT
reglamento del comprobante de pago.
- Código tributario D. leg.
Nº 816 modificado por la ley Nº 26663
CONCEPTO DE ERROR
El termino error se refiere a
una distorsión no intencionada existente en la información financiera, en otras
palabras se entiende por error contable a toda equivocación en la anotaciones
realizadas.
Puede haber errores de
concepto, de importes y de ambos casos a la vez.
Se entenderá por error de
concepto si equivocamos algunas de las palabras o términos del mismo sin que
ello repercuta en los cargos y abonos ni en el nombre de los cuentas; error de
importes es el que altera el importe de algún cargo o abono o la cuenta donde
deberían haberse efectuado, por haberse incluido algún cargo o abono en una
cuenta que no le correspondía, y el error mixto es aquel que reúne ambas
características.
La responsabilidad por
detención de fraude y errores recae en la gerencia, responsable de la puesta en
marcha permanente del funcionamiento de un sistema adecuado al control interno.
La norma internacional de
contabilidad Nº 8 señala que los errores contables pueden ser:
1.- El resultado de
equivocaciones matemáticas
2.- Equivocaciones al aplicar
las políticas de contabilidad
3.- Mala interpretación de
los hechos, fraude o descuido.
Los errores y omisiones
contables pueden tener lugar en los siguientes casos:
1.- En el Libro de
Inventarios y Balances en caso de errores de importes.
2.- En el Libro Diario por
haber sido descubiertos antes de pasar el asiento a las cuentas de Libro Mayor.
3.- En ambos libros por haber
pasado la equivocación del asiento a las cuentas correspondientes.
4.- En el libro mayor cuando
el error se produce en el pase estando bien el Libro Diario
5.- En el Libro Caja
6.- En algún Libro Auxiliar o
Voluntario.
El objeto del presente
informe es el de brindar el marco teórico y practico de los errores que se
presentan en la información financiera de la empresas que lleven sus registros
contables en forma manual.
Las empresas que llevan la
contabilidad en forma computarizada podrán manejar dichos errores con mayor
facilidad debido a que primero se listan las consistencias para su verificación
y luego ello se lista los libros.
El Código de Comercio nos
indica en su art. 44º que la corrección de errores se efectuara inmediatamente
después que se descubran, para no perjudicar la presentación de los estados
financieros, en la forma que quede claro el porque del error cometido.
Mientras no se realice
enmendaduras, raspaduras, ni tachaduras, ni se alteren el orden de los folios
de los libros o se dejen en blanco, será legal cualquier forma de corrección
que se haga a los mismos.
CORRECCION DE ERRORES
1.-ERRORES EN EL LIBRO DE
INMVENTARIOS Y BALANCES
En el caso de errores de
importes, se repite el rubro efectuado con el importe de la diferencia,
haciendo constar en la glosa la referencia correspondiente.
Si la diferencia es de menos,
el importe se representara de color rojo, entre paréntesis o precedido del
signo (-)
En el supuesto de que el
error se encontrara después de que el inventario estuviera cerrado, las
correcciones se pueden insertar en el balance de inventario
2.-ERRORES EN EL LIBRO DIARIO
Los errores cometidos en este
libro pueden ser:
a) ERROR DE OMISION
Las omisiones de asientos se
subsanan insertado el asiento correspondiente, con su explicación, en la que se
indicara la fecha que se realizo la operación.
Ejemplo: En el mes de
Setiembre, la empresa SACESA S. A. contrato los servicios de una persona
jurídico no domiciliado para el asesoramiento sobre la calidad total por el
importe de $ 2500. 00 dólares americanos, los mismos que fueron cancelados en
el mismo mes a un tipo de cambio de S/ 2675 omitiéndose hacer los asientos
respectivos por los impuestos que afectan en dicha operaciones.
De acuerdo al D. leg. Nº821
inciso b)Art. 1º la prestación o utilización de servicios en el país esta
considerada como operación gravada con I..G. V., por lo tanto afecta al 19%,
operación que fue emitida en los registros contables.
ASIENTO CONTABLE DE ERROR DE
OMISION
___________________SETIEMBRE
___________________
40 TRIBUTOS POR PAGAR 1203.75
401 GOBIERNO CENTRAL
4011.05 I.G.V e I.P.M o
No domiciliario
40 TRIBUTOS POR PAGAR 1203.75
401 GOBIERNO CENTRAL
4011.05 I.G.V e I.P.M
Por el registro del I.G.V que
deberá
Pagar por el servicio
utilizado en el país
$2500 @ 2.675= s/6678.5 x 19%
= s/ 1203.75
___________x________________
De acuerdo al art. 56º inc.
E) también se omitió de retener por concepto del impto. A la renta persona.
Jurídica no domiciliada el 30% de dicha renta
______________SETIEMBRE___________
(A/N)
64 TRIBUTOS 2003.55
649 OTROS TRIBUTOS
40 TRIBUTOSA POR PAGAR
2003.55
401 GOBIERNO CENTRAL
4017. 04 IMP. RTA. RETENCION
Por el tributo no retenido
asumido por
La empresa
_______________SETIEMBRE____________
(A/D)
94 GTOS. ADMINISTRATIVO
2003.55
949 TRIBUTOS
79 CARGAS IMP. A CTA. DE COSTOS
2003.55
Por el destino de las cargas
a la cuenta de
Costos
______________X__________________
El contribuyente no podrá
deducir de la renta bruta el impuesto a la renta que haya asumido por tercero
de acuerdo a lo señalo en el art. 47º del D. LEG. Nº 774
Por lo tanto dicho gasto será
reparado tributariamente.
b) ERROR DE REPITICION
Los asientos repetidos o
duplicados se subsanan haciendo un contra asiento
Ejemplo: la empresa Falla y
Socios S.A. a comprado mercaderías por el importe de
s/ 80000.00 sin I.G.V. a
plazos .
Siguiendo las normas
contables se proceden a efectuar el asiento, pero comete el error de duplicar
el asiento de la compra, como se muestra continuación:
ASIENTO CONTABLE POR ERROR DE
REPITICION
Los asientos repetidos o
duplicados se subsanan haciendo un contra asiento
Ejemplo: la empresa falla y
asociados S. A. comparado mercaderías por el importe de
S/ 80 000.00 sin I.G.V a
plazos.
Siguiendo las normas
contables se produce a efectuar el asiento, pero comete el error de duplicar el
asiento de la compra, como se muestra a continuación:
ASIENTO CONTABLE POR ERROR DE
REPITICION
________________Nº 24 (A/N)
___________
60 COMPRAS 80 000.00
601 mercaderías
40 TRIBUTOS POR PAGAR
14400.00
401 gobierno central
4011.01 I.G.V E IPM
42 PROVEEDORES 94400.00
421 facturas por pagar
Por la compra de mercadería
según
Factura Nº 001-0597 de la
empresa
Mar Del Plata S.A.
_______________Nº 25
(A/D)____________
20 MERCADERIAS 80000.00
201 almacén
61 VARIACION DE EXISTENCIAS
80000.00
611 mercaderías
Por el destino de las compras
CONTRA ASIENTO
_____________Nº
43_______________
42 PROVEEDORES 94400.00
421 facturas por pagar
40 TRIBUTOS POR PAGAR
14400.00
401 gobierno central
60 COMPRAS 80000.00
601 mercaderías
Por el contra asiento que anula
el asiento Nº 24 de folio Nº
37
____________Nº
44_______________
61 VARIACION DE EXISTENCIAS
80 000.00
611 mercaderías
20 MERCADERIAS 80 000.00
201 almacén
Por el contra asiento que
anula el
asiento Nº 25 del folio Nº 37
C.- ERROR DE LAS CANTIDADES:
Las diferencias de importes
por exceso que afectan a los rubros deudores y acreedores, se subsanan con un
asiento considerando la diferencia demás.
EJEMPLO Nº 001
ASIENTO ERRADO POR EXCESO
Se registra e siguiente
asiento en el Diario:
_______________
X___________________
12 CLIENTES 70000.00
121 facturas por cobrar
70 VENTAS 70000.00
701 mercaderías
Por las venta de mercaderías
inafectas
según registro de ventas
Este siento esta equivocado,
pues existe un exceso en realidad las ventas según las facturas de ventas han
sido de S/ 65,000.00.
En este caso hacemos un
contra asiento para disminuir el importe considerado demás en el siento
anterior por el importe de S/ 5,000.00
CONTRA SIENTO
_______________X________________
70 VENTAS 5,000.00
701 mercaderías
12 CLIENTES 5,000.00
121 facturas por cobrar
Por el ajuste para disminuir
el importe
Considerado demás en el
asiento anterior
Ejemplo Nº 2
ASIENTO ERRADO POR DEFECTO
A continuación se presenta el
siguiente asiento registrado en el libro diario:
33 INMUEBLES MAQ Y EQUIPOS
3806.28
336 equipos diversos
336.1 computadora
40 TRIBUTOS POR PAGAR 685.13
401 gobierno central
4011.01 IGV e IPM
46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSOS
4491.38
469 otros Cta. Por pagar
diversas
Por la compra de una
computadora según
FAC. Nº 003- 07777 de la
empresa río de
la plata S.A por US$ 1450 @
2.625 sin IGV
Este asiendo esta equivocado,
pues se utilizo un tipo de cambio errado debiendo ser en realidad el tipo de
cambio a S/ 2.675
ASIENTO DE SUBSANACION
_______________X_______________
33 INMUEBLES MAQ. Y EQUIPOS
3806.25
336 equipos diversos
336.1 computadora
40 TRIBUTOS POR PAGAR 685.13
401 gobierno central
4011.01 IGV e IPM
46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
4491.38
469 otras Cta. por pagar
diversos
Por el ajuste al haber considerado
de menos error
En el tipo de cambio del
asiento anterior
d) errores del diario
trasladados al mayor
Deberán rectificarse primero
en el libro diario y al pasar estas rectificaciones al libro mayor se
solventaran también las anotaciones de este que tuviera mal
e) transporte de sumas
Los importes transportados de
debitos y créditos al siguiente folio cuando aparecen en exceso, se subsanan
insertado la diferencia con tinta roja en la columna correspondiente.
Cuando aparecen disminuidos,
bastara con insertar la diferencia por defecto.
f) folios en blanco
Se inutilizan trazando en el
centro dos líneas paralelas transversales, con indicación explicativa de por
que; o también, trazando una línea oblicua, de, izquierda a derecha, a lo largo
del folio.
g) Redacción equivocada
se cierra entre paréntesis
los rubros equivocados y a continuación se insertan los verdaderos, precedidos
del vocablo “digo”.
3. ERRORES DEL LIBRO MAYOR:
FORMA CORREGIRLO
Los errores mas frecuentes
que aparecen en las cuentas del mayor son:
a) Omisión de algún cargo o
abono
b) Repetición de alguna
partida
c) Invertir alguna partida:
es decir, cargar alguna cuenta en vez de abonarla o viceversa.
d) Anotación del importe a
una cuenta que no le corresponde.
e) Sumar mal las columnas de
cantidades.
Si se trata de rectificar un
error de omisión se hará el cargo o abono omitido en la fecha en que se
advierta la omisión e indicándolo al margen del referido libro.
Los de repetición se
subsanarán anulado el cargo o abono repetido por un contra-asiento substractivo
y relacionando por notas marginales ambos asientos.
Si consisten en haber
duplicado una cuenta, se anulan los cargos y abonos de una de ellas pasándolos
por detalle o por saldo a la otra.
En los inversión se anulara
con un contra-asiento el cargo o abono erróneo haciendo el verdadero o
correcto.
Los errores de cantidad y
suma se corrigen por asientos complementarios por diferencia si el error es de
disminución y por un asiento substractivo por el exceso si es de aumento.
En general en este libro como
en el Diario se realizaran siempre las correcciones escribiendo las necesarias
aclaraciones (podrá se en la glosa del asiento) que expliquen el error cometido
y dejen las anotaciones en su forma exacta.
En los libros auxiliares los
errores se corrigen como en el Mayor.
4.- ERRORES EN EL LIBRO CAJA
a) Los rubros duplicados se
subsanan haciendo el registro en el lado opuesto
b) Los rubros anotados
indebidamente en uno de los lados del libro, se subsanan anulándose con una contra-asiento
en el lado opuesto, y después, insertando el verdadero en el lado
correspondiente; o también, haciendo la corrección en el mismo renglón,
cerrando entre paréntesis el rubro errado y registrando la verdera cuenta a
continuación, precedido de la palabra “digo”
5.- ERRORES EN OTROS LIBROS
Se corregirán sin tachar, ni
borrar, anulando por el contrario-asiento y con adecuada explicación lo que
esta mal y redactando títulos, concepto y cantidades como deba ser.
Ejemplo de eso ocurre en el
caso de facturas no anotadas en el registrado de ventas habiéndose ya cerrado
el libro (en caso de llevarse en forma manual) o legalizado (si es mecanizado
en el registrado) en este caso cabe recordar lo señalado por el art. 14 de res.
Nº 018-97/ SUNAT, reglamento de comprobantes de pago, que señala que respecto
del registro será en forma cronológica por tipo de comprobante y correlativa
por serie; situación esta que no se cumple haciendo a la empresa sancionable
con la infracción consignada en el numral 1) del art. 175º del código
tributario; “omitir llevar los libros o registros contables exigidos por la
leyes y reglamentos, en la forma y condiciones establecidas por las normas
correspondientes con la multa de:
Desde el 29/ 06/ 95 120% UIT
Para corregir esta situación
procederemos a la siguiente propuesta:
a) contabilidad manual
De no poder incluirla por
estar ya cerrado los registros se deberá anotar en el mes siguiente, sin
perjuicio del mayor pago por tributo omitido que pudiera haber en el mes al que
corresponde la factura.
b) contabilidad computarizada
Legalizado los libros solo se
presentara ante el notario la(s) hoja(s) consignando en esta la notificación
existente y adjuntándole al registro legalizado y empastado.
6.-ERRORES MATEMATICOS
a) Suma o Sustracción.-Las
diferencias que se hallen estarán representante por cifras precedidas o
seguidas de uno o mas ceros como: 0.04, 0.6, 30, 500, etc.
b) Debitos considerados como
créditos y viceversa.- la diferencia es igual al doble de la cantidad que ha
sido indebidamente debitada o acreditada. Si dividimos dicha diferencia por
dos, el resultado será igual al error cometido.
c) De transposición de
cantidades
La cantidad representativa
del error será 9 o múltiplo de 9 como se aprecia en los ejemplos siguientes:
428 en vez de 482, 408 en vez
de 804.
Las diferencias de 54 y 396
respectivamente en los ejemplos anteriores, que
Deben localizarse, son
múltiplos de 9, así 54 es igual 9x6, y 396 es igual a
9 X 44.
d) Situación del punto
decimal
En este caso también el error
será multiplicado de 9 ó de un número divisible por 9. Ejemplo: 32.20 en de
3.22, cuya diferencia de 28.98 es igual a 9 x 3.22