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martes, 10 de julio de 2012

TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DE LAS PROVISIONES OMITIDAS EN EJERCICIOS ANTERIORES


TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DE LAS PROVISIONES OMITIDAS EN EJERCICIOS ANTERIORES BASE LEGAL

- D. Leg. Nº 774, modificado por la Ley Nº 26415, D. Leg. Nº 799 y el D.Leg Nº 810
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, D. S. Nº 122-94-EF
- Norma Internacional de Contabilidad NIC Nº 8
- Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
CASO PRACTICO

La Empresa el Cóndor SA. Luego de presentar sus Estados Financieros correspondiente al Ejercicios de 2006 mediante la Declaración - Pago Anual Impuesto a la Renta Tercera Categoría Formulario Nº 658 presentado a la SUNAT. Detectó que se había omitido por dicho Ejercicio las Provisiones de:

1.- Una parte de la Depreciación de sus Activos Fijos por el importe de s/ 5,200.00

2.- Error en el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios que asciende a S/ 4,850.00

3.- Diferencia de menos en la Provisión de una parte de las Vacaciones por Pagar al 30 de diciembre de 2006 por un monto de S/ 7,635.00

SOLUCION

En el presente informe de una parte de las Provisiones no efectuadas en Ejercicios Anteriores se deberá tener presente la base legal indicada anteriormente con la finalidad de efectuar el debido tratamiento Contable- Tributario.

1.- DEPRESACION DE ACTIVOS FIJOS

TRATAMIENTO CONTABLE

Para efectos contable debemos remitirnos al NIC Nº 8 (Partidas No Usuales y de Periodo Anteriores y Cambios en Política de Contabilidad), señala que le periodo en curso pueden descubrirse, hechos que muestren que los Estados Financieros de uno o mas periodos anteriores fueron preparados y presentados sobre una base errónea o inexacta como resultado de una omisión o equivocación.

Estos pueden ser significativos o no, si es significativo pueden utilizar los siguientes métodos para corregir dicha omisiones:

1.1 Método del Ajuste a las Utilidades Acumuladas
Este método permite corregir un error significativo ajustando las Utilidades Acumuladas al principio del ejercicio con otras palabras contra el saldo inicial de la cuenta Utilidades No Distribuidas de acuerdo al Plan Contable General Revisado, revelándolo posteriormente en una nota a los estados financieros.

1.1.1 Asientos Contables

59 RESULTADOS ACUMULADOS 5,200.00
591 utilidades no distribuidas
39 DEPREC. Y AMORT. ACUM 5,200.00
393 deprec. De inm, Máq. Y eq

Por el ajuste de la omisión correspondiente a la Depreciación de Activos Fijos ejercicio de 2006.

1.2 Método del Ajuste en las Ganancias y Perdidas del Periodo en Curso

En este método se incluye el importe de los Ajustes por los errores y/o omisiones de Ejercicios Anteriores en la Determinación de las Ganancias y Perdidas del Ejercicio en Curso.

De acuerdo al Plan Contable General Revisado la cuenta que se utiliza para este método seria las 665 Cargas Diversas de Ejercicios Anteriores.

1.2.1 asiento contable

66 CARGAS EXCEPCIONALES 5,200.00
665 carg. Diver. De ejec. Anteriores
39 DEPREC. Y AMORT. ACUMULADA 5,200.00
393 deprec. De inm. Máq. Y equipos +

Por el Ajuste de la Depreciación de Activos Fijos omitida en el ejercicio de 2006

TRATAMIENTO TRIBUTARIO

Con respecto al Impuesto a la Renta debemos tener presente que si queremos corregir la omisión cometida en el Ejercicio de 2006 se deberá proceder a rectificar la declaración jurada de dicho ejercicio (Declaración Pago Anual Impuesto a la Renta Tercera Categoría).

Si optamos por el tratamiento del método al Ajuste en las Ganancias y Perdidas en el Ejercicios en curso tendremos que agregar dicho monto a la Utilidades del Ejercicio de 2007 para la determinación del Impuesto a la Renta, ya que de acuerdo al art. 38º del D.Leg. Nº 774 las Depreciaciones deben computarse anualmente y en ningún caso puedan hacerse incidir en un ejercicio gravable depresaciaciones correspondientes a ejercicios anteriores.

2.-COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

TRATAMIENTO CONTABLE

A continuación desarrollaremos de acuerdo a lo manifestado anteriormente por concepto de errores y/o omisiones de cálculo de las Provisiones de Ejercicios Anteriores el mismo criterio y tratamiento de la Provisión de la Depreciación de Activos Fijos

2.1 Método del Ajuste a las Utilidades Acumuladas

2.1.1. ASIENTO CONTABLE

59 RESULTADOS ACUMULADOS 4,850.00
591 utilidades no distribuidas
47 BENEF. SOC. DE LOS TRABA. 4,850.00
471 compens. Por tiempo de serv.

Por el Ajuste de la Provisión de la Compensación por Tiempo de Servicios omitida en el Ejercicio de 2006.

2.2metodo del ajuste en las ganancias y pérdidas del periodo en curso

2.2.1 ASIENTO CONTABLE

66 CARGAS EXCEPCIONALES 4,850.00
665 carg. div. ejer. anteriores
47 BENEF. SOC. DE LOS TRABAS 4,850.00
471 compensaciones por tiempo de servicio

Por el ajuste de la provisión de la compensación por tiempo de servicios omitida en el ejerccios de 2006

TRATAMIENTO TRIBUTARIO

Si aplicáramos el Tratamiento del Ajuste a las Utilidades Acumuladas, conllevaría a una corrección del Resultado del Ejercicio de 2006, como consecuencia de mostrarnos la corrección a la omisión cometida en dicho Ejercicio, rectificando la D. J. pago anual del Impto. Ala Renta 3era Cat.
Con el Segundo Método del Ajuste a las Ganancias y Perdidas del Periodo en curso podremos considerar el Gasto de la CTS como deducción de la Renta Neta del Ejerció de 2007 en aplicación del art. 57º del D. leg. Nº 774 que nos indican que los gasto correspondientes de ejercicios anteriores son aceptados en la medida que sean Provisionados Contablemente antes de su pago, tal como la precisa el art. 31 del Reglamento Nº 122-94-EF.

3 PROVISION DE VACACIONES POR PAGAR

TRATAMIENTO CONTABLE

Teniendo en consideración el Principio de lo Devengado la Provisión por vacaciones de los trabajadores debió haberse la provisión mensual en el periodo Contable del Ejercicio de 2006 ya que se trata de un beneficio que se genera del Vinculo Laboral con la Empresa ya que de producirse la terminación de los Contratos de Trabajo existiría la obligación de pagar a los trabajadores las Remuneraciones por Vacaciones Truncas.

De acuerdo al Principio de lo Devengado, el Art. 57 Inc. a) del D. Leg. Nº 774 nos indica que los gastos se considerarán producidos en el Ejercicio Comercial en que se devenguen.

El Principio de Prudencia nos indica que los Gastos deben reconocerse tan pronto como se realicen.

Principio de correspondencia establece que los Gastos deben reconocerse tan pronto como se generen para poder compararse con los Ingresos obtenidos a través de estos.

Si el Ajuste efectuado a la Provisión de Vacaciones por pagar se efectúa en el Ejercicio de 2007 según la NIC nº 8 errores y/o omisiones se puede optar por los siguientes métodos:

3.1 Ajuste al Saldo Inicial de Utilidades Retenidas

3.1.1 ASIENTO CONTABLE

59 RESULTADOS ACUMULADOS 7,635.00
59.1 utilidades no distribuidas
41 REMUN. Y PARTIC POR PAGAR 7,635.00
412 vacaciones por pagar

Por el Ajuste de la Provisión de las vacaciones omitidas en el ejerccios de 2006

3.2 Ajuste en la Determinación de las Ganancias y Pérdidas del período en curso.

3.2.1 ASIENTO CONTABLE.

66 CARGAS EXCEPCIONALES 7,635.00
665 Carg. Div. De Ejerc. Anteriores

41 REMUN. Y PARTIC. POR PAGAR 7,635.00
412 Vacaciones por pagar
Por el Ajuste de la Provisión de las vacaciones omitidas en el ejercicio de 2006


TRATAMIENTO TRIBUTARIO

En la aplicación del primer método del Ajuste al Saldo Inicial de Utilidades Retenidas, para el caso del Impuesto a la Renta de 2006, la empresa deberá rectificar la Declaración Jurada Pago Anual del Impuesto a la Renta 3era Categoría.

En aplicación del segundo método al Ajuste en la Determinación de las Ganancias y Pérdidas del Periodo en curso, serán admitidas como gasto para efectos del Impuesto a la Renta de 3era Categoría de 2007 los gastos de ejercicios anteriores en la medida que dichos gasto sean Provisionados Contablemente antes de su pago, en aplicación del Art. 57º del D. Leg. Nº 774 y del Art. 31 del Reglamento del Impuesto a la Renta D.S. Nº 122-94-EF..







LOS ERRORES Y FRAUDES EN EL TRABAJO CONTABLE
( SEGUNDA PARTE )



CONCEPTO DE FRAUDE

El termino fraude se refiere al falseamiento internacional de la formación financiera por parte de uno o mas individuos de entre la gerencia, empleados o terceros.

Consideran fundamentalmente los siguientes fraudes más comunes:

1. Maniobras dolosas, falsificación o alteración de registros o documentos que puedan efectuar los empresarios, socios o accionistas o las que realicen con conocimiento de los mismos
2. La indebida asignación de activos
3. La supresión u omisión de los defectos de las operaciones en los registros o documentos.
4. Los registros de operaciones inexistente o sin sustento
5. Errada aplicación intencional de políticas contables.

FRAUDES MÁS COMUNES

CAJA Y BANCOS

Ingresos de fondos

-Ingresos que corresponden a una fecha determinada y son registrados en fecha anterior, para regularizar los saldos acreedores de caja.

-Ingresos que corresponden a cuenta de clientes o cuentas por cobrar no contabilizando el pago, retirándolo ilegalmente luego y saldando al tiempo como incobrables, aumento las pérdidas.

-Ingresos por prestamos ficticios, los cuales se realizan para cubrir inversiones no justificados o gastos extraordinarios, gastos reales obtenidos con venta omitidas.

-Cheques recibidos en pago y rechazados por los bancos, lo que al no registrar su anulación originan disponibilidad ficticia.

-Préstamos que se hacen al Final del Ejercicios y se cancelan al inicio del Ejercicio siguiente o se remuevan permanentemente (Préstamos de Socios o Accionistas, Préstamos del Exterior, etc.)

-Ventas al contado no contabilizadas especialmente en Empresas con gran cantidad de artículos o imts, y que no llevan tarjetas o mayores auxiliares por sus Existencias.

-Emisión de Recibos Falsos, fraudulentos, adulterados, como el falseamiento de los duplicados, figurando descuentos inexistentes acumulados peligrosamente las Pérdidas

-Disponibilidad inexistentes al comienzo del Ejercicio o inicio de la actividad para posteriormente disminuir los activos fraudulentamente con las cuentas Mercaderías o Cuentas por Cobrar.

EGRESOS DE FONDOS

-Pagos indebidos a Proveedores no contabilizando las notas de crédito o abono, haciendo pago por montos mayores.

-Pagos duplicados que se contabilizan dos veces

-Pagos realizados en una fecha y registrados en fecha posterior.

-Pagos por Compras o Gastos Ficticios destinados a distraer fondos o disminuir Beneficios

-Gastos de Explotación retirados por ese concepto por los socios o accionistas para gastos personales no deducible tributariamente.

-Reembolso de Prestamos simulados.

Cuentas por cobrar

-Saldo Menor Real.- Esta alteración en los registros sucede especialmente en aquellas contabilidades que se llevan con atrazo de varios meses, al encontrar que los saldos que arroja la cuenta Clientes son menores que los reales, en virtud que conociendo el Resultado del Ejercicio extracontablemente no se registraron las cuentas de Resultados Positivos( Ventas) .

-Saldos Mayores a los Reales.- Esta maniobra permite retirar o distribuir fondos recibidos en pago, demorando su contabilización efectiva o se destinen a compras de mercaderías, inversiones, prestamos, no contabilizados.

-Clientes no contabilizados como consecuencia de no registrar las operaciones de ventas, no apareciendo en la contabilidad.

-Contabilización después del Cierre del Ejercicio para diferir resultados por ventas no contabilizadas reduciendo la base imponible con incidencia tributaria.

-Notas de Crédito Falsos emitidos para disminuir la base imponible incidencia tributaria. Además permite el retiro de fondos por los socios y accionistas a efectuar compras o realizar inversiones no contabilizados.

- Rebajas dolosas acordadas con clientes para reducir la base imponible tributaria y/o para distribuir fondos, ya que se hacen excediendo los limites establecidos por la Gerencia.




Activo fijo

-Bienes a nombres de Terceros, es frecuente que la empresa utilice bienes que se encuentran a nombre de los dueños, socios o accionistas.

-Venta de Bienes, los bienes en desuso o dados de baja, son vendidos pero el producto de la venta no ingresa como Ganancias.

-Contabilización de mejoras, estos por su naturaleza, aumentan apreciablemente la vida útil de los bienes y no son deducidos como gastos sino que se suman valor residual de los bienes y se deprecian durante el numero de años aun pendientes.

-Deprecación Excesiva, las tasas altas de deprecación aceleran al deducción del costo total del bien y por consiguiente su reducción en el pago del Impuesto a la Renta.

-Contabilización de bienes adquiridos al contado, para justificar la situación Patrimonial de las Empresas y el bajo nivel de utilidades declarados, ya que no es frecuente que dicho bienes se compran: al contado, contabilizándose como compras al créditos.

Cargas diferidas

Los Fraudes mas frecuentes que se presentan en este componente son los que se abonan por Gastos Pagados por Adelantado, dicho gastos por lo general se imputan en el Ejercicio que se paga, no efectuando la activación de los gastos que corresponde a ejercicios posteriores disminuyendo las utilidades y como consecuencias pagando un menor Impuesto a la Renta, como ejemplo de este fraude tenemos a los Seguros Pagados por Adelantado, etc.

Utilidades diferidas

Usualmente se debe efectuar la correcta aplicación de la apropiación de los resultados, el no efectuarlo significa ir en contra de principios básicos como son el de anualidad, compensación y progresidad del Impuesto a la Renta, pues en caso de diferir sin causa alguna aumentara las pérdidas o disminuirá la utilidad del periodo.

Provisiones del ejercicio
Como consecuencias de una errada aplicación intencional de creación de provisiones del ejercicio inexistente con el objetivo de rebasar su base imponible para pagar una menor carga imposible

Conclusiones finales

La responsabilidad por la prevención y detección de Fraudes y Errores recae en la Gerencia, que es responsable de la puesta en práctica y permanente funcionamiento de un sistema adecuado de Control Interno.
Dicho sistema reduce, pero no elimina las posibilidades de Fraude o Error .



LOS ERRORES Y FRAUDES EN EL TRABAJO CONTABLE

BASE LEGAL

- Código de comercio leyes: 6565, 6847, 10666.
- Norma internacional de contabilidad Nº 8
- Norma internacional de contabilidad Nº 11
- D. legal. Nº 774 impuesto a la renta modificado por la ley Nº 26415
- Decretos legislativos Nº s. 799, 810, 869, 881 y las leyes Nº s. 26731 y 26732
- Resolución Nº 018-97 SUNAT reglamento del comprobante de pago.
- Código tributario D. leg. Nº 816 modificado por la ley Nº 26663

CONCEPTO DE ERROR

El termino error se refiere a una distorsión no intencionada existente en la información financiera, en otras palabras se entiende por error contable a toda equivocación en la anotaciones realizadas.

Puede haber errores de concepto, de importes y de ambos casos a la vez.

Se entenderá por error de concepto si equivocamos algunas de las palabras o términos del mismo sin que ello repercuta en los cargos y abonos ni en el nombre de los cuentas; error de importes es el que altera el importe de algún cargo o abono o la cuenta donde deberían haberse efectuado, por haberse incluido algún cargo o abono en una cuenta que no le correspondía, y el error mixto es aquel que reúne ambas características.

La responsabilidad por detención de fraude y errores recae en la gerencia, responsable de la puesta en marcha permanente del funcionamiento de un sistema adecuado al control interno.

La norma internacional de contabilidad Nº 8 señala que los errores contables pueden ser:

1.- El resultado de equivocaciones matemáticas
2.- Equivocaciones al aplicar las políticas de contabilidad
3.- Mala interpretación de los hechos, fraude o descuido.

Los errores y omisiones contables pueden tener lugar en los siguientes casos:

1.- En el Libro de Inventarios y Balances en caso de errores de importes.
2.- En el Libro Diario por haber sido descubiertos antes de pasar el asiento a las cuentas de Libro Mayor.
3.- En ambos libros por haber pasado la equivocación del asiento a las cuentas correspondientes.
4.- En el libro mayor cuando el error se produce en el pase estando bien el Libro Diario
5.- En el Libro Caja
6.- En algún Libro Auxiliar o Voluntario.

El objeto del presente informe es el de brindar el marco teórico y practico de los errores que se presentan en la información financiera de la empresas que lleven sus registros contables en forma manual.

Las empresas que llevan la contabilidad en forma computarizada podrán manejar dichos errores con mayor facilidad debido a que primero se listan las consistencias para su verificación y luego ello se lista los libros.

El Código de Comercio nos indica en su art. 44º que la corrección de errores se efectuara inmediatamente después que se descubran, para no perjudicar la presentación de los estados financieros, en la forma que quede claro el porque del error cometido.

Mientras no se realice enmendaduras, raspaduras, ni tachaduras, ni se alteren el orden de los folios de los libros o se dejen en blanco, será legal cualquier forma de corrección que se haga a los mismos.

CORRECCION DE ERRORES

1.-ERRORES EN EL LIBRO DE INMVENTARIOS Y BALANCES

En el caso de errores de importes, se repite el rubro efectuado con el importe de la diferencia, haciendo constar en la glosa la referencia correspondiente.

Si la diferencia es de menos, el importe se representara de color rojo, entre paréntesis o precedido del signo (-)

En el supuesto de que el error se encontrara después de que el inventario estuviera cerrado, las correcciones se pueden insertar en el balance de inventario

2.-ERRORES EN EL LIBRO DIARIO

Los errores cometidos en este libro pueden ser:

a) ERROR DE OMISION

Las omisiones de asientos se subsanan insertado el asiento correspondiente, con su explicación, en la que se indicara la fecha que se realizo la operación.

Ejemplo: En el mes de Setiembre, la empresa SACESA S. A. contrato los servicios de una persona jurídico no domiciliado para el asesoramiento sobre la calidad total por el importe de $ 2500. 00 dólares americanos, los mismos que fueron cancelados en el mismo mes a un tipo de cambio de S/ 2675 omitiéndose hacer los asientos respectivos por los impuestos que afectan en dicha operaciones.
De acuerdo al D. leg. Nº821 inciso b)Art. 1º la prestación o utilización de servicios en el país esta considerada como operación gravada con I..G. V., por lo tanto afecta al 19%, operación que fue emitida en los registros contables.


ASIENTO CONTABLE DE ERROR DE OMISION

___________________SETIEMBRE ___________________


40 TRIBUTOS POR PAGAR 1203.75
401 GOBIERNO CENTRAL
4011.05 I.G.V e I.P.M o
No domiciliario
40 TRIBUTOS POR PAGAR 1203.75
401 GOBIERNO CENTRAL
4011.05 I.G.V e I.P.M
Por el registro del I.G.V que deberá
Pagar por el servicio utilizado en el país

$2500 @ 2.675= s/6678.5 x 19% = s/ 1203.75
___________x________________

De acuerdo al art. 56º inc. E) también se omitió de retener por concepto del impto. A la renta persona. Jurídica no domiciliada el 30% de dicha renta

______________SETIEMBRE___________
(A/N)

64 TRIBUTOS 2003.55
649 OTROS TRIBUTOS
40 TRIBUTOSA POR PAGAR 2003.55
401 GOBIERNO CENTRAL
4017. 04 IMP. RTA. RETENCION
Por el tributo no retenido asumido por
La empresa
_______________SETIEMBRE____________

(A/D)
94 GTOS. ADMINISTRATIVO 2003.55
949 TRIBUTOS
79 CARGAS IMP. A CTA. DE COSTOS 2003.55
Por el destino de las cargas a la cuenta de
Costos
______________X__________________

El contribuyente no podrá deducir de la renta bruta el impuesto a la renta que haya asumido por tercero de acuerdo a lo señalo en el art. 47º del D. LEG. Nº 774

Por lo tanto dicho gasto será reparado tributariamente.


b) ERROR DE REPITICION

Los asientos repetidos o duplicados se subsanan haciendo un contra asiento

Ejemplo: la empresa Falla y Socios S.A. a comprado mercaderías por el importe de
s/ 80000.00 sin I.G.V. a plazos .
Siguiendo las normas contables se proceden a efectuar el asiento, pero comete el error de duplicar el asiento de la compra, como se muestra continuación:

ASIENTO CONTABLE POR ERROR DE REPITICION

Los asientos repetidos o duplicados se subsanan haciendo un contra asiento

Ejemplo: la empresa falla y asociados S. A. comparado mercaderías por el importe de
S/ 80 000.00 sin I.G.V a plazos.

Siguiendo las normas contables se produce a efectuar el asiento, pero comete el error de duplicar el asiento de la compra, como se muestra a continuación:

ASIENTO CONTABLE POR ERROR DE REPITICION

________________Nº 24 (A/N) ___________

60 COMPRAS 80 000.00
601 mercaderías
40 TRIBUTOS POR PAGAR 14400.00
401 gobierno central
4011.01 I.G.V E IPM
42 PROVEEDORES 94400.00
421 facturas por pagar
Por la compra de mercadería según
Factura Nº 001-0597 de la empresa
Mar Del Plata S.A.

_______________Nº 25 (A/D)____________

20 MERCADERIAS 80000.00
201 almacén
61 VARIACION DE EXISTENCIAS 80000.00
611 mercaderías
Por el destino de las compras

CONTRA ASIENTO

_____________Nº 43_______________

42 PROVEEDORES 94400.00
421 facturas por pagar
40 TRIBUTOS POR PAGAR 14400.00
401 gobierno central
60 COMPRAS 80000.00
601 mercaderías
Por el contra asiento que anula
el asiento Nº 24 de folio Nº 37



____________Nº 44_______________

61 VARIACION DE EXISTENCIAS 80 000.00

611 mercaderías
20 MERCADERIAS 80 000.00
201 almacén
Por el contra asiento que anula el
asiento Nº 25 del folio Nº 37


C.- ERROR DE LAS CANTIDADES:

Las diferencias de importes por exceso que afectan a los rubros deudores y acreedores, se subsanan con un asiento considerando la diferencia demás.

EJEMPLO Nº 001


ASIENTO ERRADO POR EXCESO

Se registra e siguiente asiento en el Diario:

_______________ X___________________

12 CLIENTES 70000.00
121 facturas por cobrar
70 VENTAS 70000.00
701 mercaderías
Por las venta de mercaderías inafectas
según registro de ventas

Este siento esta equivocado, pues existe un exceso en realidad las ventas según las facturas de ventas han sido de S/ 65,000.00.
En este caso hacemos un contra asiento para disminuir el importe considerado demás en el siento anterior por el importe de S/ 5,000.00

CONTRA SIENTO

_______________X________________

70 VENTAS 5,000.00
701 mercaderías
12 CLIENTES 5,000.00
121 facturas por cobrar

Por el ajuste para disminuir el importe
Considerado demás en el asiento anterior



Ejemplo Nº 2

ASIENTO ERRADO POR DEFECTO

A continuación se presenta el siguiente asiento registrado en el libro diario:

33 INMUEBLES MAQ Y EQUIPOS 3806.28
336 equipos diversos
336.1 computadora
40 TRIBUTOS POR PAGAR 685.13
401 gobierno central
4011.01 IGV e IPM
46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSOS 4491.38
469 otros Cta. Por pagar diversas

Por la compra de una computadora según
FAC. Nº 003- 07777 de la empresa río de
la plata S.A por US$ 1450 @ 2.625 sin IGV

Este asiendo esta equivocado, pues se utilizo un tipo de cambio errado debiendo ser en realidad el tipo de cambio a S/ 2.675

ASIENTO DE SUBSANACION

_______________X_______________

33 INMUEBLES MAQ. Y EQUIPOS 3806.25
336 equipos diversos
336.1 computadora
40 TRIBUTOS POR PAGAR 685.13
401 gobierno central
4011.01 IGV e IPM
46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 4491.38
469 otras Cta. por pagar diversos
Por el ajuste al haber considerado de menos error
En el tipo de cambio del asiento anterior


d) errores del diario trasladados al mayor
Deberán rectificarse primero en el libro diario y al pasar estas rectificaciones al libro mayor se solventaran también las anotaciones de este que tuviera mal

e) transporte de sumas
Los importes transportados de debitos y créditos al siguiente folio cuando aparecen en exceso, se subsanan insertado la diferencia con tinta roja en la columna correspondiente.

Cuando aparecen disminuidos, bastara con insertar la diferencia por defecto.

f) folios en blanco
Se inutilizan trazando en el centro dos líneas paralelas transversales, con indicación explicativa de por que; o también, trazando una línea oblicua, de, izquierda a derecha, a lo largo del folio.

g) Redacción equivocada
se cierra entre paréntesis los rubros equivocados y a continuación se insertan los verdaderos, precedidos del vocablo “digo”.

3. ERRORES DEL LIBRO MAYOR: FORMA CORREGIRLO

Los errores mas frecuentes que aparecen en las cuentas del mayor son:

a) Omisión de algún cargo o abono
b) Repetición de alguna partida
c) Invertir alguna partida: es decir, cargar alguna cuenta en vez de abonarla o viceversa.
d) Anotación del importe a una cuenta que no le corresponde.
e) Sumar mal las columnas de cantidades.

Si se trata de rectificar un error de omisión se hará el cargo o abono omitido en la fecha en que se advierta la omisión e indicándolo al margen del referido libro.

Los de repetición se subsanarán anulado el cargo o abono repetido por un contra-asiento substractivo y relacionando por notas marginales ambos asientos.

Si consisten en haber duplicado una cuenta, se anulan los cargos y abonos de una de ellas pasándolos por detalle o por saldo a la otra.

En los inversión se anulara con un contra-asiento el cargo o abono erróneo haciendo el verdadero o correcto.

Los errores de cantidad y suma se corrigen por asientos complementarios por diferencia si el error es de disminución y por un asiento substractivo por el exceso si es de aumento.

En general en este libro como en el Diario se realizaran siempre las correcciones escribiendo las necesarias aclaraciones (podrá se en la glosa del asiento) que expliquen el error cometido y dejen las anotaciones en su forma exacta.
En los libros auxiliares los errores se corrigen como en el Mayor.


4.- ERRORES EN EL LIBRO CAJA

a) Los rubros duplicados se subsanan haciendo el registro en el lado opuesto
b) Los rubros anotados indebidamente en uno de los lados del libro, se subsanan anulándose con una contra-asiento en el lado opuesto, y después, insertando el verdadero en el lado correspondiente; o también, haciendo la corrección en el mismo renglón, cerrando entre paréntesis el rubro errado y registrando la verdera cuenta a continuación, precedido de la palabra “digo”

5.- ERRORES EN OTROS LIBROS

Se corregirán sin tachar, ni borrar, anulando por el contrario-asiento y con adecuada explicación lo que esta mal y redactando títulos, concepto y cantidades como deba ser.

Ejemplo de eso ocurre en el caso de facturas no anotadas en el registrado de ventas habiéndose ya cerrado el libro (en caso de llevarse en forma manual) o legalizado (si es mecanizado en el registrado) en este caso cabe recordar lo señalado por el art. 14 de res. Nº 018-97/ SUNAT, reglamento de comprobantes de pago, que señala que respecto del registro será en forma cronológica por tipo de comprobante y correlativa por serie; situación esta que no se cumple haciendo a la empresa sancionable con la infracción consignada en el numral 1) del art. 175º del código tributario; “omitir llevar los libros o registros contables exigidos por la leyes y reglamentos, en la forma y condiciones establecidas por las normas correspondientes con la multa de:

Desde el 29/ 06/ 95 120% UIT

Para corregir esta situación procederemos a la siguiente propuesta:

a) contabilidad manual
De no poder incluirla por estar ya cerrado los registros se deberá anotar en el mes siguiente, sin perjuicio del mayor pago por tributo omitido que pudiera haber en el mes al que corresponde la factura.

b) contabilidad computarizada
Legalizado los libros solo se presentara ante el notario la(s) hoja(s) consignando en esta la notificación existente y adjuntándole al registro legalizado y empastado.


6.-ERRORES MATEMATICOS

a) Suma o Sustracción.-Las diferencias que se hallen estarán representante por cifras precedidas o seguidas de uno o mas ceros como: 0.04, 0.6, 30, 500, etc.
b) Debitos considerados como créditos y viceversa.- la diferencia es igual al doble de la cantidad que ha sido indebidamente debitada o acreditada. Si dividimos dicha diferencia por dos, el resultado será igual al error cometido.


c) De transposición de cantidades
La cantidad representativa del error será 9 o múltiplo de 9 como se aprecia en los ejemplos siguientes:

428 en vez de 482, 408 en vez de 804.
Las diferencias de 54 y 396 respectivamente en los ejemplos anteriores, que
Deben localizarse, son múltiplos de 9, así 54 es igual 9x6, y 396 es igual a
9 X 44.
d) Situación del punto decimal
En este caso también el error será multiplicado de 9 ó de un número divisible por 9. Ejemplo: 32.20 en de 3.22, cuya diferencia de 28.98 es igual a 9 x 3.22




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